jueves, 14 de agosto de 2014

La Ley Rubén Moreira impuesta de mala fe o estúpidamente

La Ley Rubén Moreira impuesta de mala fe o estúpidamente


Dossier ahpd                                                               Agosto 13 de 2014

La ley de Declaración de Ausencia por Desaparición (Artículo 14); iniciativa de Rubén Moreira y aprobada irresponsablemente por los legisladores locales, deja en la indefensión a los patrones, viola leyes y acuerdos internacionales y ampara a probables criminales y a personas amorales e irresponsables que desaparecen por motu proprio para no hacer frente a sus obligaciones
Del mes de mayo a la fecha Rubén Moreira a través del congreso que es su servidumbre, impuso una ley ciertamente ambigua y anticonstitucional, una ley que obliga a los patrones a pagar sueldos y prestaciones a quienes se consideren desaparecidos. Creo que la capacidad de Moreira no le da para entender lo que hizo, porque si lo hizo a sabiendas, ¡Aguas!... estamos ante un aprendiz de cacique pueblerino, capaz de otras peores barrabasadas, por las que por lo pronto, nos lleva a olvidarnos que tenemos un gobernador, porque si lo fuera, gobernaría y se dedicaría a la cosa pública, a servir al pueblo y no a hacer y deshacer las leyes con tal de pasar a la historia como alguien que nadó, nadó, nadó, llegó a la orilla y salió avante en sus encomiendas y cometidos, y no como seguramente terminará su sexenio, en el que nadó, nadó, llegó a la orilla y se ahogó, y de paso, nos llevó entre las patas –a los coahuilenses- hasta el fondo.
Me explico: Diario oficial del estado de Coahuila, mayo 20 del 2014/ Artículo 14- Ley de Declaración de Ausencia por Desaparición. “Rubén Moreira manda la iniciativa por Desaparición Forzada en diciembre 17 del 2013.”
El 25 de marzo del 2014, la iniciativa del ejecutivo se replantea sin la leyenda de “Forzada” haciéndola una ley ambigua e inconstitucional porque no establece si la desaparición es voluntaria o involuntaria.
En el artículo 14 Fracción I se manifiesta que al trabajador se le tendrá en licencia con goce de sueldo hasta que sea localizado. Esta fracción sentencia a los patrones a pagar el salario sin previo juicio, sin fundamentación y motivación, violando los artículos 14 y 16 de la Constitución Federal porque deja en indefensión al patrón al no otorgarle la garantía constitucional de audiencia.
Con respecto a la ley del IMSS y Ley Federal del Trabajo, esta ley invade ámbitos jurídicos específicos en las relaciones obrero patronales y concretamente en los artículos 17, 42, 106, 132 Fracción X y 423 Fracción IX. En estos momentos algunos organismos patronales se están amparando para revertir este error e ilegalidad, pero expertos en la materia no recomiendan el amparo en contra de la mencionada ley si no que se debe iniciar un juicio administrativo contencioso en contra del Congreso local, demandando la nulidad absoluta del decreto 490 que contiene la ley.
No sé qué les picó a Rubén Moreira y a quienes manejan a los diputados locales como pastores a sus borregos, para aprobar una ley a todas vista ilegal y contraria a todas las leyes internacionales en esta materia que datan de fechas posteriores a la II Guerra Mundial y al conflicto de Colombia. En donde la ley ampara a las familias de los desaparecidos de manera forzosa, porque al dejar la ley como la planteó en su segunda presentación en Marzo del 2014 y como está plasmada en el diario oficial del estado de Coahuila, cualquier persona que decida desaparecer porque así le conviene a sus intereses, por ejemplo: que se niegue a pagar pensión a su ex esposa y a sus hijos, los patrones van a cargar ya no solo con la irresponsabilidad de quien desaparece por motu proprio sino por la irresponsabilidad compartida entre el gobernador Rubén Moreira y los legisladores locales de Coahuila, los que por ignorancia o mala fe, dejaron en la ambigüedad la justicia, y a la ley la tiraron al cesto de la basura. O, ¿usted qué opina, apreciable lector?
Atenta y respetuosamente
Augusto Hugo Peña D.
Zuloaga 22 c. p. 27140 Torreón, Coahuila. Tel. Cel. 871 211 95 91 – E-mail ah.pd@hotmail.com

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